El Tribunal Supremo ratifica la absolución de la exalcaldesa de Munera al rechazar el recurso de casación del Ayuntamiento

   La Sala de lo Penal de Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete en la que absolvió a la exalcaldesa socialista de Munera (Albacete) Lourdes Varea de un delito de prevaricación y otro de falsedad documental, tras rechazar el recurso de casación presentado por el Ayuntamiento de la localidad.

   Según la sentencia del Supremo con fecha de 28 de mayo de 2015, a la que ha tenido acceso a Europa Press, Varea fue acusada por el Ministerio Fiscal y a título particular por el Ayuntamiento de la localidad de estos dos delitos.

   Posteriormente, la Audiencia Provincial de Albacete, con fecha 26 de noviembre, dicto sentencia absolviendo a la exregidora de ambos, a lo que el Ayuntamiento de Munera presentó recurso de casación.

   Ante este recurso, el Tribunal Supremo ha declarado «no haber lugar» al recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Munera, condenando a costas al Consistorio.

DELITOS

   El Ministerio Fiscal acusó a Varea de los delitos de falsedad documental y otro de prevaricación, por los que pedía cuatro años de prisión y tres de inhabilitación. Por su parte, el Ayuntamiento de Munera, como acusación particular, solicitó tres años de prisión y dos años de inhabilitación.

   Se juzgaba a la alcaldesa por presuntamente alterar una factura en 2006 de unas obras subvencionadas por la Junta que correspondían al campo de fútbol de la localidad, en la que se cambió el concepto de ‘Campo de Fútbol’ por el de ‘Templete Parque’, unas obras que se estaban realizando en una plaza de la localidad.

   Igualmente, se sometía a juicio por un delito de prevaricación, por dar validez posteriormente a esta factura.

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