‘El Defensor del Paciente’ ha informado en nota de prensa que el Juzgado de lo Contencioso administrativo nº 1 de Toledo, ha dictado Sentencia tramitada por los Servicios Jurídicos de ‘El Defensor del Paciente’, en la cual se estima parcialmente el recurso contencioso administrativo interpuesto contra el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha y su Aseguradora, indemnizando a un paciente con la cantidad de 20.409 Euros, más los intereses legales devengados desde la fecha de presentación de la reclamación.
Según apuntan en esta nota, el paciente de 61 años de edad sufrió una caída por las escaleras de su domicilio en el mes de septiembre de 2009, por lo que acudió al Servicio de Urgencias del Centro de Salud de Illescas, donde con una “simple exploración” es diagnosticado de dolor de rodilla por traumatismo, con gran inflamación e impotencia funcional, siendo remitido al Médico de Atención Primaria. Afirman que “a pesar de los síntomas de rotura que presentaba el paciente de dolor agudo, impotencia funcional e inestabilidad, es derivado al Servicio de Traumatología del Centro de Especialidades de Illescas, perteneciente Complejo Hospitalario se Toledo para el mes de enero de 2010”
Así, continúan apuntando que “finales de diciembre de 2009 el paciente acude al Hosp. Clínico San Carlos (Madrid) en donde una vez examinado por el Servicio de Traumatología y mediante la realización de ecografía, se establece un diagnóstico de rotura del tendón del cuádriceps, que es una lesión grave y ya inoperable, prescribiéndole tratamiento rehabilitador, diagnostico que se demoró 4 meses”.
Desde el ‘Defensor del Paciente’ aseguran que el error diagnóstico, la falta de medios y la falta de abordaje de la patología traumática que presentaba el paciente, y que se fue agravando por falta de tratamiento adecuado por parte del Complejo Hospitalario de Toledo, omitiéndose medios diagnósticos diferenciales para establecer la gravedad de la lesión, demorando el tratamiento quirúrgico necesario que debe hacerse cuanto antes mejor, puesto que si no, es imposible la recuperación de la funcionalidad del miembro, produciendo cada vez más impotencia funcional y la imposibilidad de recuperación, aun con una rehabilitación integral.
Además, también aseguran que “a nivel psicológico/psiquiátrico, el afectado presenta un grave cuadro de shock postraumático emocional, que ha seguido tratamiento psicoterápico combinado, estando en proceso lento de re-estructuración conductal y aprendizaje racional para superar el trauma psicológico. En la actualidad presenta graves dificultades de tipo adaptativo y un trastorno ansioso depresivo crónico probablemente irreversible”.
Según la nota de prensa, el paciente tiene una minusvalía por invalidez permanente definitiva, que disminuyen su capacidad laboral para realizar todas las fundamentales tareas de su trabajo habitual, desplazamiento, subir y bajar escaleras, correr, caminar deprisa, agilidad, prestancia, destreza, concentración e ideación. Socialmente en la vida ordinaria, de ocio y deportivas, el paciente se ve tremendamente perjudicado, traduciéndose en un lucro cesante manifiesto.