Iberdrola quería cobrarle casi 4.000 euros sin pruebas

Sale de su particular calvario

El juzgado ha resuelto que la compañía nunca acreditó que el usuario manipulara el contador de su vivienda, por lo que ha desestimado las pretensiones de cobro de la empresa.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Majadahonda ha anulado una deuda de 3.600 euros que Iberdrola reclamaba a un socio de FACUA Madrid tras acusarle, sin pruebas, de haber manipulado la luz de su vivienda.

La asociación defendió al socio en tribunales tras haber iniciado la compañía un procedimiento monitorio para obligarle a pagar. El juez ha desestimado las pretensiones de la eléctrica ya que nunca demostró que fuera él quien realizó dicha manipulación.

José Antonio Núñez Gutiérrez, residente en Galapagar (Madrid), recibió en octubre de 2016 una carta de Iberdrola en la que se le informaba que un técnico de la compañía había detectado una irregularidad de tipo “puente entrada-salida en la misma fase” en la instalación eléctrica de su vivienda. Esto es, que se habían manipulado los cables de la luz para que no pasaran por el contador.

En una comunicación posterior, la compañía indicó que debido a esta incidencia en la próxima factura le incluiría una refacturación por el periodo comprendido entre octubre de 2015 y el mismo mes de 2016, por un importe de 3.602,27 euros. En total, le reclamaba 3.778,85 euros. Y todo ello pese a que durante ese tiempo José Antonio había ido pagando regularmente los recibos que le giraba la compañía, con cantidades que en ningún caso superaban los 250 euros.

El usuario, que nunca había realizado tal manipulación y al que no se le había avisado de la inspección para que estuviera presente en ella -como establece la normativa-, se negó a pagar el recibo y se dirigió a Iberdrola para exigirle la rectificación de la factura. Dicha cantidad era desproporcionadamente superior a la que venía abonando de forma habitual por la luz.

La eléctrica, sin embargo, se negó a atender las peticiones de José Antonio, por lo que decidió acudir a FACUA Madrid para que ejerciera acciones en defensa de sus derechos. El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Iberdrola instándole a rectificar la factura y anular el cobro de los 3.602,27 euros, ya que la empresa no había acreditado la existencia de la manipulación ni había cumplido con su obligación de pedir al titular del contrato que estuviera presente en el momento de la inspección.

La empresa debe avisar de que va a realizar una inspección

En el escrito, la asociación indicaba que la antigua Comisión Nacional de la Energía (hoy integrada en la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia), señala en un informe de 2013 que “la empresa distribuidora deberá notificar al consumidor, como responsable del punto de medida, la fecha exacta en la que se va a ejecutar la correspondiente actuación y su alcance”. Además, distintas resoluciones administrativas y sentencias judiciales han ido en este mismo sentido, al considerar que se produce una situación de indefensión del usuario cuando se le acusa de fraude sin más prueba que el informe de un técnico de la compañía, que no tiene presunción de veracidad.

En este sentido, la sentencia 498/2010 de la Audiencia Provincial de Madrid estableció que se produce una indefensión del usuario cuando “sin comunicación previa alguna se procede a facturar una elevadísima suma en base al contenido de una norma y sin dar posibilidad alguna al cliente para que pueda discutir u oponerse a tal facturación en su cuantía o en su origen”.

Por otro lado, FACUA Madrid también alegó que el informe del técnico de la eléctrica no podía ser prueba suficiente de que se había realizado una manipulación. Así, la asociación recordó que la Dirección General de Energía de la Comunidad Valenciana había clarificado en una resolución que “los técnicos remitidos por las empresas distribuidoras no gozan de la condición de agente de la autoridad y que, en consecuencia, las actas no poseen una veracidad absoluta e indiscutible”.

Iberdrola nunca llegó a contestar a la reclamación de la asociación, por lo que FACUA Madrid se dirigió a la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid para que instara a la compañía a rectificar la facturación, así como que hiciera una investigación por una presunta infracción al imputar una manipulación al usuario de forma indebida.

Iberdrola llevó al socio a tribunales

Durante el periodo en el que la reclamación se encontraba en trámite por la administración madrileña, Iberdrola inició un procedimiento monitorio en tribunales contra José Antonio para que le obligaran a abonar la factura de 3.778,85 euros.

En el escrito de oposición, FACUA Madrid se reiteró en que la compañía no aportaba ninguna prueba que acreditara la manipulación de la instalación eléctrica, y que la inspección realizada por el técnico se había realizado sin la presencia del afectado, tal y como obliga la normativa.

Además, la asociación indicó que José Antonio no tenía acceso al equipo de medida, que se encuentra fuera de la vivienda y dentro de un cajetín con llave al que sólo tienen acceso los operarios, por lo que resultaba evidente que no había hecho ninguna manipulación.

Así, FACUA Madrid señaló que el usuario no se oponía a pagar el consumo real que había realizado y que estaba estimado en 176,18 euros, pero que en ningún caso iba a pagar una cantidad tan elevada por un fraude que no había cometido. Esta cantidad resultaba de la diferencia entre el importe total de 3.778,85 euros de la factura y los 3.602,27 de la refacturación por la supuesta manipulación.

El juez ha desestimado las pretensiones de cobro

Finalmente, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Majadahonda ha resuelto desestimar las pretensiones de Iberdrola de cobrar los 3.602,27 euros por la manipulación de la instalación eléctrica.

En la sentencia, el juez indica que “no consta que se hubiese hecho la inspección en la presencia de los usuarios del servicio y se factura una cantidad verdaderamente elevada”.

De igual forma, aunque da por válido el informe técnico que recoge la existencia de la manipulación, afirma que “no podemos tener por responsable al titular en la época en la que se produjo dicho fraude. No se ha podido detectar desde cuándo se ha producido. El contador se encuentra en un cajetín exterior accesible a terceros según refirió el técnico con una sencilla llave que se puede adquirir en una ferreteria”.

“Resulta por la anterior”, continúa, “que no se puede determinar con la suficiente fehaciencia quien fuere el autor de la defraudación […] El procedimiento de refacturación que alega Iberdrola se realiza en condiciones que genera una completa indefensión”.

El juez, por tanto, ha resuelto que “no puede sino desestimarse la demanda más que en aquello admitido por él mismo [el usuario], es decir, los 176,18 euros reconocidos en su escrito de oposición”. Así, José Antonio sólo tendrá que pagar el consumo que realizó realmente, e Iberdrola no podrá cobrarle la refacturación que pretendía.

“Doy las gracias a FACUA por la ayuda y profesionalidad que ha tenido a lo largo de todo el procedimiento judicial”, ha afirmado José Antonio. “Animo a la gente a hacerse socia para la defensa de sus derechos como usuarios”.

/El Digital de Albacete/

El Digital de Albacete

Diario digital líder en Albacete con toda la información de la capital y provincia
Botón volver arriba