Tendrá que indemnizar a una pastelería de Albacete por arrojar piedras contra el escaparate

/Redacción/

El Juzgado de lo Penal Dos de Albacete ha condenado a un hombre como autor de un delito continuado de daños, con la atenuante de embriaguez y la de dilaciones indebidas, a la pena de 1.440 euros de multa y a una indemnización de 3.000 euros. 

Contra la presente sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Albacete. 

La sentencia de la Sala considera probado que, sobre las 23:40 horas del 25 de julio de 2015, el acusado cuando se encontraba en la calle Torres Quevedo de Albacete, “arrojó una piedra a un vehículo conducido por su propietario” cuando el mismo circulaba por la vía, causándole daños en la puerta del copiloto y en el marco, cuya reparación asciende, según tasación pericial, a 172,57 euros. El perjudicado ha renunciado a la indemnización que pudiera corresponderle. 

Instantes más tarde, sigue señalando la sentencia, el acusado se dirigió a una pastelería ubicada en la misma calle antes mencionada “arrojándole piedras y golpeando con la bicicleta la luna del escaparate”, causando daños en la luna, en el letrero y en el marco de la puerta de acceso al establecimiento, cuya reparación asciende a 3.000,54 euros. 

El acusado, señala la sentencia, había ingerido bebidas alcohólicas de forma que limitaba ligeramente su capacidad intelectiva y volitiva. 

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