Revés judicial para la Subdelegación del Gobierno en Albacete tras la denuncia por supuesto acoso laboral presentada por Javier Cuenca, exalcalde de Albacete

La Subdelegación del Gobierno en Albacete no admitió a trámite la denuncia, algo que dejó sin efecto tras el informe de la Fiscalía. El juzgado además condena al pago de las costas a la Administración.

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Albacete ha condenado a la Subdelegación del Gobierno en Albacete al pago de las costas procesales en las que ha obligado a incurrir al exalcalde de Albacete, Javier Cuenca, que tuvo que recurrir a la Justicia ante una presunta vulneración de derechos fundamentales al ni siquiera admitir la propia Subdelegación la activación del protocolo por un presunto acoso laboral denunciado por Cuenca.

JAVIER CUENCA SE SIENTE PERSEGUIDO Y PRESENTA DENUNCIA

El 22 de marzo de 2022 Javier Cuenca, funcionario de carrera destinado en la Subdelegación del Gobierno en Albacete, presenta una denuncia por un supuesto acoso laboral en la propia Subdelegación del Gobierno de Albacete. Se siente perseguido y apartado de funciones y aduce que desde el cambio político producido desde la moción de censura en el Gobierno central, al ser militante del Partido Popular, presuntamente se le hostiga y se le relega de sus funciones y responsabilidades. Javier Cuenca apoya su denuncia en numerosos documentos que incluyen comunicaciones con superiores y partes médicos de urgencias y servicios de psicología y psiquiatría. 

JUEZ Y PARTE

Esta denuncia topa de lleno con el núcleo de la Delegación del Gobierno de Castilla-La Mancha, ya que los responsables de resolver admitir o no a trámite la misma pueden ser el propio Delegado del Gobierno en Castilla-La Mancha, Francisco Tierresaca, el Subdelegado en Albacete, Miguel Juan Espinosa, el Secretario general de la Delegación del Gobierno en Castilla-La Mancha y la Secretaria General de la Subdelegación del Gobierno en Albacete, que es quien finalmente decidió.

Javier Cuenca presentó un escrito en el que recusaba a estas personas por “enemistad manifiesta”, consideraba Javier Cuenca que no debían decidir ellos sobre una denuncia que en cierta manera podría llegar a afectarles. Sin embargo, todos ellos niegan la causa de recusación, siguen en el proceso y se decide no admitir a trámite la denuncia el día 8 de abril de 2022.

FISCALÍA LO DEJÓ CLARO EN SU ESCRITO

Días más tarde Javier Cuenca decide acudir a la Justicia para buscar auxilio legal, denunciando a la Subdelegación del Gobierno en Albacete por el procedimiento especial de protección de los Derechos Fundamentales contra la decisión de la Secretaría General de la Subdelegación del Gobierno en Albacete de no admitir a trámite la denuncia de acoso laboral.

Tras esta denuncia el Fiscal emite un escrito en el que señala que para no admitir la denuncia tiene que haber una insuficiencia de indicios clara y manifiesta, algo, que según el Fiscal, es una “circunstancia que aquí no ocurre, pues no se puede hablar de tal cuando se relata una situación dilatada en el tiempo con supuesta privación de facultades inherentes a la jefatura desempeñada”.

Además, señala Fiscalía que si al funcionario se le niega indebidamente la garantía establecida normativamente para defender su integridad moral (la apertura del procedimiento previsto en el Protocolo de acoso) sufre su derecho fundamental a esta integridad moral y se violenta el artículo 15 de la Constitución Española, pues se le priva de un medio de reacción frente al supuesto acoso.
Además, incide el Fiscal en que esta situación se torna todavía mayor cuando la autoridad que resuelve fue recusada por el recurrente y “concurre en ella interés personal en el asunto”, por lo que debía haber ordenado su abstención.

El Fiscal es claro cuando afirma que “de esta manera se provoca que un órgano denunciado por acoso sea el que ha de resolver la existencia o no de acoso o, como ocurrió en este caso, la inadmisión de la denuncia privando al funcionario de la garantía que este procedimiento representa”.

Es decir, el Fiscal no entra en si se produjo o no acoso, pero sí señala que no se puede ser juez y parte en este procedimiento inadmitiendo una demanda que le afecta directamente.

AHORA SÍ, REVOCACIÓN Y ABSTENCIONES

El Fiscal firma su escrito el 3 de junio y lo remite al Juzgado, lo que provoca que días más tarde, el 27 de junio, la misma Secretaria General de la Subdelegación del Gobierno en Albacete que había dictaminado inadmitir a trámite la denuncia por supuesto acoso de Javier Cuenca, decida ahora revocar esa decisión. Además,  el 28 de junio, todos aquellos a los que recusó Javier Cuenca y que se negaron a ser recusados cambiaran su criterio y esta vez sí, comunicaron su intención de abstenerse en el proceso.

CONDENADOS A COSTAS

El 27 de julio el Juzgado de lo Contencioso Administrativo dicta auto y asume los argumentos anteriormente expuestos por la Fiscalía, aunque como el proceso ya ha sido revocado por la propia Subdelegación tras el escrito de Fiscalía, lo declara terminado y condena en costas a la administración, que tendrá que abonar 400 euros+IVA.

VUELTA A LA CASILLA DE SALIDA

Por otro lado, se abrirá ahora el proceso que debe dilucidar si Javier Cuenca sufrió o no acoso laboral en la Subdelegación del Gobierno en Albacete, lo que es un hecho es que el exalcalde de Albacete ha tenido que recurrir a la Justicia para que, por lo menos, se estudie su caso, se active el protocolo y no se sea “juez y parte” en el proceso.

Este medio ha contactado con la Subdelegación del Gobierno en Albacete para conocer su valoración, declinando cualquier comentario público al respecto al ser un proceso que se encuentra abierto.

Javier Romero

Director y fundador de El Digital de Albacete. Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y prensa digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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