Los perros guía no podrán acceder al entorno en Castilla-La Mancha si no cumplen estos requisitos

La falta de higiene en los perros de asistencia o el hecho de que estos animales presenten signos evidentes de enfermedad –febriles, alopecias anormales, deposiciones diarreicas o heridas abiertas que por su tamaño supongan un presumible riesgo para las personas– son dos de las causas que impedirán a los usuarios de los perros de asistencia el acceso con los mismos al entorno en Castilla-La Mancha.

Así se recoge en el Proyecto de Ley de Acceso al Entorno de las Personas con Discapacidad Acompañadas de Perros de Asistencia,que actualmente se encuentra en las Cortes en fase de tramitación de enmiendas –y por lo tanto susceptible de modificación– hasta el próximo día 14 de este mes.

Dentro de las limitaciones del derecho de acceso al entorno que recoge la ley figura también la existencia de una situación “de riesgo inminente y grave” para la integridad física de la persona usuarias del perro de asistencia o de terceras personas; y cuando se haya dictado un acuerdo de suspensión o pérdida de la condición de perro de asistencia por el órgano que otorgó la acreditación.

El texto también detalla las obligaciones de las personas usuarias de perros de asistencia, como cumplir la normativa en materia de protección de animales de compañía, respetar las normas de higiene y seguridad en vías y lugares públicos en la medida en que la discapacidad de la persona usuaria lo permita y utilizar el perro de asistencia exclusivamente para aquellas funciones específicas para las que ha sido adiestrado.

Igualmente, deberán mantener al perro de asistencia a su lado y controlado con la sujeción que en cada caso sea precisa, mantener suscrita una póliza de responsabilidad civil que cubra los eventuales daños a terceros ocasionados por el perro de asistencia, y mantener colocado en un lugar visible del animal su distintivo oficial de identificación, así como el carné de identificación de la unidad de vinculación.

Los usuarios tendrán que garantizar el buen trato y el bienestar del perro de asistencia de acuerdo con la normativa vigente y las instrucciones recibidas de la entidad de adiestramiento y denunciar la pérdida del perro en el plazo de 72 horas, así como comunicar su desaparición a la persona propietaria del mismo.

El Proyecto de Ley indica, en relación a la responsabilidad de las personas usuarias, que serán responsables de los daños, perjuicio o molestias que ocasionen a personas, otros animales, bienes, vías y espacios públicos o al medio natural en general, debiendo de cubrir la póliza del seguro suscrita los riesgos anteriores.

Usuarios de otras CCAA o países

Para el ejercicio del derecho de acceso al entorno, la persona usuaria sólo estará obligada a exhibir su carné de identificación y a que el perro de asistencia porte en un lugar visible el distintivo oficial. En los casos de estancia temporal en Castilla-La Mancha de personas usuarias de perros de asistencia residentes en otras comunidades autónomas o países, a estas personas solo les será exigible la exhibición de la documentación oficial emitida por las autoridades competentes de su comunidad autónoma o país de residencia.

En el caso de que su región o país no cuente con un procedimiento de reconocimiento del perro de asistencia, será suficiente para el ejercicio del derecho la acreditación de usuario de perro guía expedida por la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), o, en su caso, el distintivo que haya concedido una entidad de adiestramiento homologada que sea miembro de la Federación Internacional de Perros Guía o a la Federación Internacional de Perros de Asistencia.

El Proyecto de Ley, que especifica que serán perros de asistencia no solo los adiestrados para guiar a una persona con discapacidad visual sino los perros de señalización de sonidos para avisar a las personas con discapacidad auditiva, los de servicio para personas con discapacidad física en las actividades de la vida diaria, los perros de aviso para enfermos de diabetes o epilepsia, y los perros para personas con trastorno del espectro del autismo, recoge distintas infracciones y sanciones, que prescribirán a los cuatro años si son muy graves, a los tres años si son graves y al año si son leves.

La Administración autonómica, según el texto, promoverá campañas informativas dirigidas a la población en general y singularmente a los centros educativos, sectores de la hostelería, del comercio, de los transportes o de los servicios públicos, con el fin de lograr una mayor difusión social de la actividad y beneficios de los perros de asistencia, así como para generalizar el conocimiento y concienciación ciudadanas para el cumplimiento y respeto de los derechos y obligaciones de la ley.

Los perros de asistencia, como recoge el Proyecto de Ley, podrán acceder a centros comerciales, de enseñanza, de ocio y tiempo libre, centros oficiales de toda índole, centros para personas con discapacidad, religiosos y de culto, sanitarios –con excepciones–, transporte públicos de personas urbano o interurbano, espacios naturales de protección especial, establecimientos hoteleros, museos, bibliotecas y salas de cine, y residencias y hogares de personas mayores.

Una vez publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, la ley tendrá un mes para entrar en vigor. Actualmente, hay 1.055 perros guía en España, de los cuales 21 residen en Castilla-La Mancha.

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