¿Saben aparcar los albaceteños?

/Laura González//Foto: Policía Local de Albacete/

La Policía Local de Albacete hace un llamamiento para que los ciudadanos estacionen sus vehículos de manera correcta, con el fin de cumplir con el orden y seguridad vial.

El cuerpo policial apela a que los albaceteños respeten las normas de tráfico con el ejemplo que puede observarse en las fotografías, en el que aparece un coche mal estacionado. Cabe recordar que el artículo 38 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial señala que la parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interurbanas deberá efectuarse siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de la misma y dejando libre la parte transitable del arcén. Cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo.

Asimismo, la parada y estacionamiento deberán efectuarse de tal manera que el vehículo no obstaculice la circulación ni constituya un riesgo para el resto de los usuarios de la vía, cuidando especialmente la colocación del mismo y evitando que pueda ponerse en movimiento en ausencia del conductor.

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A continuación señalamos unas pautas recordatorias sobre los lugares en los que no se puede parar o estacionar:

-En las curvas y cambios de rasante de visibilidad reducida, en sus proximidades y en los túneles.

-En pasos a nivel, pasos para ciclistas y pasos para peatones.

-En los carriles o partes de la vía reservados exclusivamente para la circulación o para el servicio de determinados usuarios.

-En las intersecciones y en sus proximidades.

-Sobre los raíles de tranvías o tan cerca de ellos que pueda entorpecerse su circulación.

-En los lugares donde se impida la visibilidad de la señalización a los usuarios a quienes les afecte u obligue a hacer maniobras.

-En autovías o autopistas, salvo en las zonas habilitadas para ello.

-En los carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano, o en los reservados para las bicicletas.

-En las zonas destinadas para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano.

-En zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos y pasos de peatones.

-Además, queda prohibido estacionar en los lugares habilitados por la autoridad municipal, como de estacionamiento con limitación horaria sin colocar el distintivo que lo autoriza o excediendo el tiempo máximo permitido. También en zonas señalizadas para carga y descarga, en zonas señalizadas para uso exclusivo de minusválidos, y sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones.

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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