Condenados tras perder una pierna un obrero mientras trabajaba en Albacete

El Juzgado de lo Penal Uno de Albacete ha condenado al capataz de una UTE y al encargado de una obra como autores de un delito contra los derechos de los trabajadores, en concurso de normas con un delito de lesiones imprudentes, con la concurrencia de las circunstancias atenuantes de reparación del daño y de dilaciones indebidas, a la pena de 1 año de prisión, así como la inhabilitación especial para la dirección de equipos de trabajos de construcción durante 6 meses.

La Sala acuerda así la suspensión de la cada una de las penas de prisión impuestas a ambos penados por un plazo de 2 años.

Hechos probados

La Sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, considera probado, tras la conformidad prestada por los ahora condenados con el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, que en el mes de mayo de 2009 “la UTE Variante de Camarillas, formada por las mercantiles “ACCIONA S.A.” y “COMSA S.A.”, construían un túnel para la línea férrea española. Para el desarrollo de la obra la unión de empresas elaboró el correspondiente plan de seguridad que contemplaba el modo en el que se tenía que llevar a cabo la elevación de cargas, material para el desarrollo de tal actividad y las personas autorizadas, instrucciones que fueron desarrolladas por el Coordinador de Seguridad en diversas reuniones e instrucciones”.

Sobre las 02:45 horas de la madrugada del 13 de mayo de 2011 el gruista-conductor de una empresa de transportes, señala la sentencia, “descargó diversos elementos para la obra, y ante la presencia de la grúa el condenado y capataz de la UTE decidió aprovechar dicho camión para mover una bovina de 7.500 kilogramos de un lugar a otro, para ello pidió permiso que le fue concedido por el encargado de la obra y condenado en esta causa. Para llevar a cabo el izado de la carga se utilizó como se ha dicho la grúa que conducía el gruísta y las eslingas que portaba, materiales que no podían soportar la totalidad del peso de la bovina, del mismo modo se ordenó por parte del capataz a otra persona que le ayudara a manipular la carga colocándose junto a ella, mientras era izada. De modo que una de las eslingas empleadas, que se encontraba en mal estado, se fracturó cayéndole la carga al ayudante”.

El capataz de la UTE y el encargado de la obra, detalla la sentencia, “conocían que el Plan de Seguridad exigía que la elevación de cargas se llevara a cabo por empleados expresamente designados por la UTE, que se debían comprobar las eslingas empleadas que la grúa debía ser autopropulsada y que estaba prohibido encontrarse cerca de la carga, pese a este conocimiento decidieron mover la bovina esa noche aunque no estaba previsto por la dirección de la obra ni era el modo habitual de actuar”.

Como consecuencia de la caída el ayudante que trabajaba para la subcontratista de encofrados sufrió “aplastamiento en diversos lugares de las extremidades inferiores con necrosis de las partes blandas, amputación de miembro inferior derecho, entre otras”, quedándole como secuelas “la pérdida de la pierna, pérdida de diversas piezas dentarias y diversas patologías psiquiátricas, además de múltiples cicatrices por todo el cuerpo. Todo ello supone una discapacidad del 85%. El lesionado debido a las lesiones tuvo que acometer en su vivienda importantes obras de acondicionamiento”.

El perjudicado ha sido reparado por las lesiones sufridas, habiéndosele abonado la indemnización procedente.

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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