Los albaceteños presentarán este año 180.000 declaraciones de la Renta

La Agencia Tributaria prevé un aumento del 1,5 por ciento en el número de las declaraciones de la renta que se van a presentar este año respecto a las presentadas en 2016 en Castilla-La Mancha, donde ya se han presentado, por vía telemática y en apenas dos días desde el inicio de la campaña de este ejercicio un total de 36.222 declaraciones.

Así lo han dado a conocer este viernes la delegada especial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) de Castilla-La Mancha, Inmaculada Suárez, acompañada en rueda de prensa por la jefa de la dependencia regional adjunta de gestión tributaria, María Isabel Blanco y por el jefe de la dependencia regional de Informática Tributaria, Fernando Yagüe.

Igualmente, han recordado que este viernes comienzan las devoluciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente a 2016, que crecen este año en un 1 por ciento en Castilla-La Mancha, ya que el año pasado se presentaron 731.360 y este año se prevén 738.750.

A nivel provincial se prevé que dentro de la Renta 2016 de Castilla-La Mancha en ALBACETE se presenten 180.764 declaraciones; en Ciudad Real 216.905; en Cuenca 94.515; en Guadalajara 121.504; y en Toledo 304.830, haciendo un total de 918.500, de las cuales tendrán derecho a devolución 738.750, por un importe de 486 millones de euros, y 139.500 saldrán con resultado a ingresar, por importe de 200 millones de euros.

Renta Web

Una de las novedades que ha anunciado Inmaculado Suárez es la generalización del uso de la Renta Web, que pueden utilizar todos los contribuyentes, incluso los de actividades económicas, con la ventaja de que este espacio no necesita de la instalación previa y se puede acceder a él desde cualquier dispositivo.

Una vez que el contribuyente accede a la plataforma y se identifica, se produce el traslado automático de datos. Si no necesita corregirlos, ni aportar información adicional, desde el cuadro de resultados puede ya presentar la declaración, o imprimirla para presentarla en papel.

En caso de ser necesaria la modificación o ampliación de datos, Renta Web guiará al contribuyente mediante un sistema de avisos y bajada de datos conocidos, para reforzar la usabilidad y flexibilidad de la herramienta.

Otra de las novedades es que el contribuyente deberá confirmar si quiere o no incorporar cada dato pendiente de traslado, para evitar así que, por omisión, deje sin trasladar datos.

También este año, Suárez ha explicado que al objeto de mejorar la claridad de la información reflejada, en el cuadro resumen de resultados figurarán como ‘pendientes’ ciertos datos de los cuales la Agencia no dispone de información para ofrecer un traslado directo y que deben ser cumplimentados por el contribuyente, como, por ejemplo, los referidos a transmisiones patrimoniales, rendimientos de actividades profesionales, entre otros.

Este año Renta Web permitirá también que, por primera vez, el procedimiento de solicitud de rectificación de autoliquidación se pueda llevar a cabo a través de la propia declaración de Renta 2016 y mediante la misma plataforma.

También como novedad, la Agencia Tributaria va a establecer un plan piloto para la confección de un número reducido de declaraciones a partir de llamadas que realizará la propia Agencia a contribuyentes en supuestos en los que, en un determinado momento y ciertos perfiles de declaraciones más sencillas, no existan citas disponibles para la atención presencial.

El contribuyente, al solicitar su cita previa por Internet para la atención presencial y, en el supuesto de no existir en ese momento citas abiertas disponibles para el día solicitado, podrá encontrarse con la opción de ser contactado telefónicamente por la Agencia para la confección de su declaración.

En tal caso, deberá aportar a través de la web un teléfono de contacto y seleccionar un día o tramo horario en el que desee que la Agencia se ponga en contacto con él.

Vías de presentación de declaraciones

Existen varias vías para presentar la declaración, según sea el resultado a devolver o a ingresar, y si se domicilia o no el pago. Domiciliar el pago significa que se puede presentar la declaración de la Renta cualquier día, hasta el 26 de junio, pero el pago no se hará efectivo hasta el 30 de junio, último día de la campaña de Renta. La domiciliación no impide fraccionar el pago en dos plazos (el segundo, el 6 de noviembre).

Por vías no presenciales la fecha máxima es hasta el 30 de junio y hasta el 26 de junio si se trata de pagos con domiciliación. Los distintos medios a los que se puede acceder es por la página web www.agenciatributaria.es.

Si se trata de domiciliación de pagos se puede hacer a través del teléfono (operador) –limitado por perfil de rentas– 901 200 345 y 91 535 68 13. También se puede hacer por banco electrónica o telefónica y en cajeros automáticos de ciertas entidades, en el caso de que sea sin domiciliar.

Por vía presencial los plazos son del 11 de mayo al 30 de junio y hasta el 26 de junio si se domicilia el pago, con cargo el 30 de junio. La cita se puede pedir a partir del 4 de mayo. En estos casos se puede acudir a las oficinas de las entidades financieras colaboradoras –sin domiciliar– y a las oficinas de la AEAT o comunidades autónomas –domiciliando el pago–.

Además los principales servicios de asistencia e información que ofrece la Agencia Tributaria son el teléfono Renta Información: 901 33 55 33 y 91 554 87 70, para resolver dudas con horario de 9.00 a 19.00 horas, de lunes a viernes y el teléfono de cita previa: 901 22 33 44 y 91 553 00 71.

Principales novedades formativas

María Isabel Blanco ha indicado que este año no ha habido muchos cambios en la normativa. Se ha reducido medio punto el tipo de gravamen que se aplica a la base liquidable del ahorro, de tal forma que ahora hay una escala de gravamen que está recogido en tres tipos, el 19, 21 y 23 por ciento, para rentas a partir de 50.000 euros.

Además, ha señalado que se han incrementado los porcentajes de deducción que se aplican a las donaciones de los donativos, así por ejemplo, según Blanco, “en el caso de deducciones a entidades prioritarias de mecenazgo la base de deducción de 150 euros se le aplicaría un porcentaje de deducción del 75 por ciento, si es el resto de deducción sería del 30 por ciento y el tipo incrementado por reiteración de donaciones a una misma entidad sería del 35 por ciento”.

No obstante, Blanco ha recalcado que la modificación “más significativa” es la que esta relacionada con las cláusulas suelo. En este sentido, ha explicado que “las cantidades que se les hayan reintegrado no constituyen a la renta sujeta al impuesto, ni tampoco los intereses indemnizatorios”.

Nacho Lopez

Nacido en Albacete. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación en radio, televisión y digital, como Intereconomía radio, Cadena SER, Punto Radio, ABTeVe y VOZ Castilla-La Mancha.
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