¿Qué pasos hay que seguir para reclamar una cláusula suelo o los gastos de formalización de hipoteca?

/Llanos Esmeralda García/

El año terminaba con el aplazamiento de la aprobación del código de buenas prácticas para facilitar la reclamación de los clientes afectados por las cláusulas suelo a los bancos, cita que se posponía hasta el próximo Consejo de Ministros. “La idea del Gobierno era sacar adelante un decreto ley con un código de buenas prácticas al que se suscribirían de forma voluntaria las entidades” con hipotecas que impiden beneficiarse de las rebajas del euríbor, detalla Segundo Dehesa, abogado especialista en derecho bancario de Albacete, pero en todo caso “no intervendrá más el Gobierno, no estará ahí como parte en esa negociación. Con lo cual al final son los clientes los que se someten al criterio del banco, y el banco tendrá la última palabra”.

Segundo Dehesa
Segundo Dehesa

El primer paso que deben de seguir aquellos afectados por las cláusulas suelo es hacer una reclamación formal ante la entidad, “bien mediante un escrito en la misma o un burofax, pudiendo tener constancia de que esa reclamación amistosa se ha pretendido y si no es atendida o es denegada y el cliente cree que tiene derecho a la restitución, el siguiente paso es acudir a los tribunales de Justicia e interponer una reclamación judicial”, especifica Dehesa. En todo caso dada la situación y su complejidad es muy importante que los consumidores afectados se pongan en manos de un profesional que les asesore, “nadie asegura que lo que le proponga el banco sea una solución justa”, determina Dehesa que “entiendo que es una cláusula nula por abusiva y no se trata solamente de eliminarla y devolver lo pagado en exceso, sino que esos pagos nunca debieron de realizarse y en todo caso esos pagos a lo largo del tiempo han de generar a favor del consumidor, en principio, unos intereses legales”.

Gastos formalización hipotecas

Por otro lado, el Tribunal Supremo consideró la nulidad de las cláusulas sobre gastos de formalización de hipotecas en sentencia de 23 de diciembre de 2015, 705/2015, “por considerarlas abusivas, responsabilizando al banco de los mismos por los que se beneficiaba”, explica Dehesa que el fallo hace referencia específica a dos créditos hipotecarios del BBVA y el Popular “los clientes realizaron una hipoteca y pagaron los gastos de formalización sin saber que no les correspondía hacerlo”.

Entre los gastos de hipoteca se incluyen el de la factura del Registro de Propiedad para la inscripción de la hipoteca, la notaría correspondiente a la Escritura de Préstamo Hipotecario, el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y Transmisiones Patrimoniales, los gastos de gestoría y la tasación del inmueble, unos que aseguran desde Dehesa Abogados “suelen ser los mismos, aunque no todos los bancos lo han incluido así”. En todo caso, insisten desde Dehesa Abogados que “habría que analizar las hipotecas una a una y ver qué es lo que se ha determinado, si es una referencia genérica a los gastos es una cláusula abusiva y si no habría que individualizarla. Entiendo que la inmensa mayoría de las hipotecas están mal redactadas siempre en perjuicio del consumidor. Está prohibido que el consumidor cargue con esos gastos”.

Según Dehesa en las acciones de nulidad “los plazos para este tipo de reclamaciones es de cuatro años, es decir hasta el 23 de diciembre de 2019 se pueden reclamar los gastos de hipoteca vivas, y también se pueden reclamar por las hipotecas que ya están terminadas, aquellas que se cancelaron cuatro años antes del 23 de diciembre de 2015”.

Al igual que sucede con la cláusula suelo, en los gastos de formalización de hipotecas primero el consumidor debe “remitir una reclamación al servicio de atención al cliente del banco, la norma dice que tiene dos meses para resolver, pero si transcurrido ese tiempo no contestan o lo hacen de forma negativa entonces el siguiente paso sí que sería acudir a los tribunales para conseguir la nulidad de los gastos de formalización de la hipoteca, recogidas en la cláusula de la escritura relativa a los gastos a cargo o cuenta del prestatario”. En todo caso, antes de iniciar el camino lo aconsejable es consultar con un experto.

Desde Dehesa Abogados detallan que se debería de puntualizar que las cláusulas suelo “son cláusulas oscuras, no negociadas y abusivas; los gastos de hipoteca tienen una doble parte, por un lado abusivas y por otro contra ley, es decir imputar unos gastos que pone que corresponden a otra persona no es abusar, es engañar”.

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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