Más de 400 denuncias por malos humos

/Sandra Manzanares/

Desde el año 2.011 España es un territorio libre de humo gracias a la Ley Antitabaco que entró en vigor el 2 de enero de ese mismo año. Hasta 2.015, y después de cinco años de implantación de esta reforma de la Ley 28/2005, de 26 de diciembre, en Albacete se han emitido un total de 448 denuncias hacia personas que han fumado fuera de los espacios permitidos, y no solo a particulares, también a establecimientos que se han saltado las normas.

El conjunto de modificaciones se basa en una serie de medidas sanitarias que lleva implícita la lucha contra el consumo de tabaco, y, que, a la vez, regula su venta, suministro y la propia publicidad de los productos tabacaleros. Según los datos publicados por las memorias de la Policía Local de Albacete, en 2.011 se produjeron 7 infracciones a la Ley Antitabaco, en el año siguiente se dataron 43 denuncias, cifra que en 2.013 se dobló hasta llegar a las 89 denuncias, en 2.014 fueron 108 las denuncias por consumo de tabaco y en 2.015, 45. Todas ellas suman un total de 292 infracciones.

Por otra parte, las denuncias emitidas desde Salud Pública ascienden a 156 hasta 2.015, a lo que hay que añadir las 10 correspondientes de enero a noviembre de este año, mes incluido. De las 166, la gran mayoría, 118, se han producido en establecimientos hosteleros, el resto, en centros comerciales, hoteles y tiendas pequeñas de alimentación.  Cabe destacar que, durante el primer año de la Ley Antitabaco, desde Sanidad se tramitaron 71 denuncias, es decir, más de la mitad del total de las registradas hasta noviembre de 2.016. Unas multas que han recaudado 103.242 euros para las arcas regionales.

Cuantías sancionadoras

A modo de recordatorio hay que recalcar que nuestra ciudad pasó a formar parte en 2.011 de esta Ley que trajo consigo la prohibición de fumar en espacios al aire libre en centros educativos, exceptuando los universitarios; en recintos sanitarios y zonas de ocio infantil. Y por supuesto, la prohibición total de fumar en espacios cerrados y sitios de reunión sociales bajo pena de sanciones que, para el fumador comprenden desde los 30 hasta los 600 euros, aunque en caso de ser reincidentes puede suponer un total de 10.000 euros, característica que se considera si se infringe la normativa hasta en tres ocasiones, será entonces cuando la multa económica sea grave y pase de los 601 a los 10.000 euros.

Para los establecimientos, serán faltas leves con multa de hasta 600 euros los que vendan tabaco a menores o carezcan de señalización que advierta de tal prohibición. Además, permitir el consumo en los establecimientos comprende una falta grave que, como apuntábamos puede llegar a los 10.000 euros. Además de la salud, fumar en sitios restringidos puede suponer un alto coste para los bolsillos de los infractores.

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Un comentario

  1. Buena nota de esta noticia debería tomar el restaurante ************, en la que la pasada noche del 31 de Diciembre, además de permitir que algunos de sus comensales fumaran dentro del local, permitieron que después de que fuera la policía, los fumadores insultaran y agredieran verbalmente a la gente que no fumaba y que encima tuvieron que tragarse los malos humos de los que no respetaban la ley. Hay a quien se le olvida que la ley esta para cumplirla incluso en nochevieja.
    Hay que respetar que en un restaurante donde además de gente mayor, embarazadas y niños hay a quien le molesta y no tienen porque soportar los humos de los demás.

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