Condenado a 3 años de prisión por poner sosa cáustica en el pintalabios y en los vaqueros de su mujer

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Albacete ha condenado a 3 años de prisión a un hombre como autor de un delito de lesiones y la prohibición  de  aproximarse a la víctima, a su lugar  de trabajo o donde se encuentre o frecuente a distancia inferior a 100 metros, y a la pena de   prohibición de comunicación por cualquier medio o procedimiento con la víctima, todo ello durante un período de cuatro años. En concepto de responsabilidad civil, se le condena al acusado a indemnizar a la víctima en 5.241,60 euros por los días de incapacidad, y en 9.350,20 euros por las secuelas, más el 10% de ambas cantidades.

Hechos probados

La sentencia de la Sala, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, detalla como hechos probados que en fecha no determinada, y, en cualquier caso, anterior  a  la  mañana  del  14  de  agosto  de 2013,  el acusado “como quiera que su esposa le había anunciado que quería separarse y no aceptando  tal  decisión,  procedió a poner sosa cáustica (compuestos químicos  de carbonato sódico e hidróxido de aluminio) en una barra de labios que ésta utilizaba, y otro producto cáustico (o susceptible de actuar cómo un cáustico) que contenía silicato sódico, citrato sódico dihidratado y acetato sódico, con igual poder abrasivo, en los bolsillos posteriores de un pantalón vaquero que pocos días antes ésta le había dicho que se los iba a poner”.

En la mañana del 14 de agosto de 2013, “la mujer se vistió tales pantalones vaqueros y se marchó de casa, junto con su hija pequeña, con la intención de tomar un café con unas amigas. Nada más llegar al bar en el que habían quedado” detalla la sentencia, “empezó a sentir calor y que la parte superior de las piernas y glúteos le picaban  y quemaban, por lo que se marchó a su casa, donde se quitó los pantalones, se lavó y llamó por teléfono a su madre llorando y diciéndole que le había quemado, por lo que su  madre  le  dijo  que  fuera  a  su  casa,  a  lo  que  ésta accedió, no sin antes maquillarse ya que también iba a ir a Urgencias del Hospital”.

Entre los cosméticos que utilizó se encontraba la referida barra de labios con la que ésta se los pintaba, “por lo que nada más ponerse el carmín empezaron a escocerle, procediendo inmediatamente a lavárselos, cayéndosele la piel superficial de los mismos, sin que se le produjera ninguna otra lesión”.

Pocos días antes el acusado, explica la sentencia de la Sala, “le había dicho me vas a obligar a hacer algo que nos va a doler a los cuatro. Si se que tienes a otro, y te habrás acostado con él, pero si no lo ha hecho no se va a acostar más de dos veces contigo.”

La mujer estaba casada con el acusado desde hacía 17 años y fruto de esa relación habían nacido dos hijas, de 16 y 7 años de edad, respectivamente. En el momento de los hechos seguían conviviendo en el mismo domicilio, “donde la mujer había dormido la noche anterior, sin perjuicio de que alguna noche se marchara a dormir en casa de su madre, ya que las relaciones entre ellos eran tensas”.

Como consecuencia de estos hechos, especifica la Sala, la mujer sufrió quemadura de 3° grado en parte inferior de glúteo izquierdo, con zona necrótica de piel superficial. Otra quemadura de 3° grado en glúteo derecho también con zona necrótica superficial. Quemadura más superficial eritematosa y longitudinal en zona de trocánter mayor izquierdo posterior. Quemadura, superficial eritematosa longitudinal en cara anterior derecha abdominal.  Plagas de quemadura  de 3° grado en genitales externos, a nivel de ambos labios mayores y monte de Venus, con zona necrótica superficial. Zona  eritematosa lineal en borde mucoso de labio inferior.

Las lesiones precisaron tratamiento facultativo como intervención quirúrgica el 22-8-13  para  desbridamiento  y cobertura en glúteos con injerto tomado de muslo izquierdo, cierre de las quemaduras genitales con sutura, curas locales y vendaje. Farmacológico consistente en analgésicos, cremas cicatrizantes ansiolíticos. “La paciente ya se encontraba en tratamiento con ansiolíticos de forma previa a los hechos denunciados, sin embargo, a raíz de producirse estos, precisó incremento de la dosis, siendo controlado el tratamiento”.

 

 

 

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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