Circuncidaron a su hijo de un año en una mezquita de Hellín y son condenados a 15 meses sin poder acercarse a él

El Juzgado de lo Penal Dos de Albacete ha condenado a unos padres por un delito de malos tratos en el ámbito familiar a la pena de 60 días de trabajos en beneficio de comunidad, a 1 año de privación del derecho a la tenencia y porte de armas así como la prohibición de aproximación a su hijo menor, a su domicilio, su lugar de estudios y cualquier otro que frecuente el mismo en un radio de 300 metros durante un periodo de 1 años y 3 meses, (seis meses para la madre sin prohibición de comunicación), con prohibición de comunicar con él por cualquier medio y por el mismo período de tiempo.

Ambos acusados indemnizarán al menor en 1.575 euros y al SESCAM en 210,12 euros.

Hechos probados

Se declara probado según detalla la sentencia a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete que en la localidad de Hellín, en hora no determinada del día 8 de abril de 2011, los dos acusados padres del menor (nacido el 18 de marzo de 2010), “decidieron llevar al niño a una mezquita para que le fuera practicada una intervención de circuncisión conforme a las costumbres religiosas del acusado, todo ello a pesar de que no existía ninguna indicación médica para la práctica de la misma, resultando además que la intervención fue practicada en un lugar no habilitado como centro sanitario y sin utilizar analgésicos y/o fármacos anestésicos causando con ello un sufrimiento innecesario al menor, lo que llevó a la abuela del menor a denunciar los hechos el 9 de abril de 2011”.

Como consecuencia de la intervención, dicta la sentencia, “el menor sufrió hematomas en la cara interna de los muslos por la sujeción para la inmovilización forzosa del menor durante la práctica quirúrgica. El menor no ha sufrido ninguna secuela funcional ni perjuicio estético por la práctica de dicha intervención”.

El 11 de mayo de 2011, la Consejería de Salud y Bienestar Social dictó una resolución por la que se declaraba al menor en situación legal de desamparo acordando en otra resolución de la misma fecha que la guarda del mismo se ejerciera por el director de un centro de menores de Albacete, quien  autorizó que la guarda del menor se ejerciera por los abuelos maternos tutelados por el mismo.

 

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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