Absuelto el hombre acusado de robar con una navaja a un autostopista en Hellín

Un hombre ha sido absuelto del delito de robo con intimidación y uso de arma en la localidad albaceteña de Hellín del que venía siendo acusado. La sentencia del Juzgado de lo Penal Dos de Albacete explica que “dadas las inconcreciones en las distintas versiones ofrecidas por el denunciante, la falta de inmediatez en la denuncia y los errores en la identificación, no puede sino dictarse una sentencia absolutoria para el acusado”.

Hechos probados

La sentencia, a la que ha tenido acceso El Digital de Albacete, establece en sus hechos probados que el 3 de abril de 2015, la supuesta víctima acudió a la Comisaría Local de Policía Nacional de Hellín, y presentó una denuncia en la que afirmaba que “sobre las 16:30 horas de ese mismo día, cuando estaba haciendo autostop en la gasolinera de Isso, se subió a una furgoneta y tras circular unos cientos de metros, el conductor aminoró la velocidad argumentando que el vehículo no funcionaba bien hasta que lo detuvo; acto seguido sacó una navaja de uno de los bolsillos de la parte izquierda del pantalón y tras colocarla muy cerca del cuello y al tiempo que le miraba de frente le decía: “Sácate todo lo que llevas en los bolsillos o te corto el cuello”, sacando 300 euros y el teléfono móvil, diciéndole que el móvil no lo quería y que se bajara”.

Posteriormente, sobre las 19:00 horas, según el denunciante “éste se dirigió  al Calvario y al ver pasar la furgoneta le hizo que parase sin lograr que lo hiciera, se fue a comprar tabaco y al volver vio la furgoneta en la puerta y al individuo que le había sustraído el dinero, al que le dijo: “Tu crees lo que me has hecho está bien, nosotros también lo necesitamos, te lo estoy pidiendo por las buenas”, interviniendo entonces otro individuo que dijo “te vamos a dar una mierda, qué quieres pelea”, marchándose éste del lugar”.

La Sala establece así que “no han quedado acreditados los hechos ni que el autor de los mismos fuera el acusado en este procedimiento”; quien “ha negado los hechos de forma reiterada afirmando que se encontraba en otro lugar en el momento que detalla el denunciante”.

Explica la Sala en los fundamentos de derecho que “dadas las inconcreciones en las distintas versiones ofrecidas por el denunciante, la falta de inmediatez en la denuncia y los errores en la identificación, no puede sino dictarse una sentencia absolutoria para el acusado”.

Llanos Esmeralda Garcia

Periodista natural de Albacete. Licenciada en Periodismo en la Universidad de Murcia y Diplomada en Trabajo Social por la Universidad de Murcia. Más de 10 años de experiencia en medios de comunicación, como La Verdad, CNC y El Pueblo de Albacete.
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