El TSJCM anula un apartado del convenio colectivo regional del Transporte Sanitario

El sindicato CCOO ha informado de que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha estimado parcialmente la demanda de CCOO y ha anulado el artículo 21.D del III Convenio Colectivo del Transporte Sanitario de la región, donde se regulan las denominadas ‘bases a tres’, que han facilitado, según el sindicato, “una parte de los más de 150 despidos de trabajadores del sector ejecutados por las actuales empresas adjudicatarias de este servicio público”.

CCOO valora la sentencia, conocida este lunes, pero la recurrirá en casación ante el Supremo por entender que los fundamentos jurídicos que han llevado al TSJCM a anular las ‘bases a tres’ son también aplicables a los dispositivos de localización regulados en el otro apartado del artículo 21 del convenio, el B, que también había sido impugnado por el sindicato y que, según ha dicho, “también ha facilitado los despidos de numerosos trabajadores”.

Alfonso Tercero, de la FSC-CCOO, explica que en su demanda el sindicato planteó la ilegalidad de dos puntos del convenio: “Por un lado, la introducción en la red de urgencias de los ‘dispositivos de localización’, que permitían a las empresas pasar de vehículos de cuatro trabajadores a dos, con los consiguientes despidos, así como el incumplimiento de los pliegos de condiciones por la incapacidad de activar esos vehículos en menos de 5 minutos”.

Y, por otro lado, ha proseguido en un comunicado, “la legalización mediante la firma de UGT, de vehículos de tres trabajadores en la red de urgencias, en lugar de cuatro como estipulaba el convenio anterior”.

Para la implantación y regulación de ambas cuestiones, según CCOO, los firmantes del convenio: UGT y las empresas del sector, crearon una ‘Comisión de control, interpretación y seguimiento de las bases de trabajo del Servicio de Urgencias/Emergencias’ “a la que atribuyeron competencias normativas que sólo pueden tener las comisiones negociadoras de los convenios colectivos”, apunta Tercero.

RECURRIRÁ ANTE EL SUPREMO

A su juicio, “la sentencia es clara en ese sentido y entiende y declara que no pueden atribuirse a ese tipo de comisiones funciones de regulación de condiciones de trabajo, que son competencia indelegable de la comisión negociadora del convenio”. Por ello, CCOO recurrirá en casación ante el Tribunal Supremo, por entender que también deben anularse por los mismos motivos los dispositivos de localización de la red de urgencias, que fueron negociados en la misma comisión.

Pero CCOO también insta a las empresas al cumplimiento de la sentencia del TSJ desde su publicación, “al tratarse de una resolución ejecutiva desde su pronunciamiento”, al tiempo que ha hecho una vez más un llamamiento a las concesionarias del transporte sanitario “para restablecer el empleo y las condiciones de los trabajadores sector”.

Asimismo, ha hecho un llamamiento a la nueva Administración Regional para que “tome cartas en el asunto a la mayor brevedad posible”, estudiando las diferentes sentencias que se han sucedido, que “por un lado vienen declarando la necesaria subrogación por parte de las actuales concesionarias del transporte urgente de los trabajadores que provenían de la anterior adjudicataria, la empresa Transaltozano SL; y por otro lado han sancionado la vulneración de derechos fundamentales por parte de empresas como Ambuibérica, que incluso ha sido condenada a indemnizar a CCOO por conducta antisindical”.

Finalmente, ha emplazado al nuevo Gobierno a considerar la revisión de las concesiones del transporte sanitario “por los numerosos incumplimientos” de las empresas concesionarias; y, si fuera necesario, anticipar la elaboración de unos nuevos pliegos que permitan ofrecer “un mejor servicio a la ciudadanía y recuperar empleo y derechos para los trabajadores”.

El Digital de Albacete

Diario digital líder en Albacete con toda la información de la capital y provincia
Botón volver arriba